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GUÍA BÁSICA PARA DETECTAR CLÁUSULAS ABUSIVAS en prestamos

Escribe: Vicente Cuesta

En este articulo hemos elaborado una guía básica para identificar las cláusulas abusivas sólo en las escrituras de préstamos hipotecario.

Cláusula tercera: intereses ordinarios

Puede existir una cláusula abusiva denominada 365/360. Para localizarla hay que prestar atención a la fórmula de cálculo de intereses y, en concreto, al tiempo establecido en el numerador y a la cifra del denominador.

¿Qué quiere decir esto? El perjuicio para las personas consumidoras existe cuando: el numerador el tiempo se toma como año natural (365 días) y el denominador se toma como referencia el año comercial (360 días)

 Cláusula tercera (bis): cláusula suelo

La cláusula suelo es la estipulación que limita el tipo de interés y el diferencial aplicable. Si durante la lectura localizas un porcentaje que limita a la baja el interés del préstamo, ósea que se establezca un tope a la baja, esa cláusula es abusiva.

Cláusula cuarta: comisiones

En la cláusula relativa a las comisiones, podemos encontrar la conocida “comisión de apertura” cuya abusividad está en continuamente en discusión en nuestros Tribunales de Justicia.

La comisión que resulta ser abusiva se denomina “comisión por reclamación de posiciones deudoras” y es una cantidad que la entidad carga por el retraso en el abono de la cuota del préstamo (suele fijarse de 15 a 30 euros).

Cláusula quinta: gastos a cargo del prestatario

Otra cláusula abusiva es la que indica que los gastos por la formalización del préstamo corren a cargo del consumidor. Pero, dicha atribución indiscriminada no es ajustada a Derecho. En estos casos, los consumidores pueden recuperar el 50% de los gastos de notaría y el 100% de los gastos de gestoría, registro de la propiedad, y tasación.

Cláusula sexta: intereses de demora

Para identificar si la clausula que determina los intereses de demora es abusiva hay que estar atención al incremento porcentual sobre el interés del préstamo. Si el primero supera en 2 puntos al segundo podemos afirmar que nos encontramos ante una cláusula abusiva.

Cláusula sexta (bis): cláusula de vencimiento anticipado

El vencimiento anticipado regula las situaciones en que la entidad de crédito puede solicitar la totalidad de la deuda del préstamo con sus intereses y costes judiciales. Esta cláusula es abusiva cuando se contempla el vencimiento del préstamo ante el impago una cuota.